Informe de
Acondicionamiento Térmico
Artículo 4.1.10 OGUC
Elaboramos Informes de acondicionamiento térmico para acreditar el cumplimiento del Artículo 4.1.10 OGUC y obtener el permiso de edificación en cualquier comuna de Chile.
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Resumen rápido del Artículo 4.1.10 OGUC
La nueva normativa térmica en Chile
- Entró en vigencia el 27 de noviembre de 2025.
- El Artículo 4.1.10 OGUC regula el acondicionamiento térmico de las edificaciones.
- Se crean 9 zonas térmicas.
- Es obligatorio para obtener permisos de edificación ante la DOM.
- Aplica a viviendas, establecimientos educacionales y establecimientos de salud.
- Requiere la presentación de un Informe de Acondicionamiento Térmico o Informe Térmico OGUC en el expediente de solicitud de Permiso DOM.
Si necesitas presentar un proyecto ante la Dirección de Obras Municipales, es fundamental conocer las exigencias del Artículo 4.1.10 OGUC y acreditar correctamente su cumplimiento.
Conoce todos los detalles técnicos en nuestra guía completa sobre la [nueva reglamentación térmica 4.1.10 de la OGUC]
Zonificación Art. 4.1.10 OGUC
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¿Necesitas un Informe Térmico?
El informe de Acondicionamiento Térmico acredita que tu proyecto cumple con las exigencias energéticas establecidas en el Artículo 4.1.10 OGUC.
- Zonificación térmica
- Evaluación de transmitancias
- Riesgos de condensación
- % Ventanas según orientación
- Hermeticidad e Infiltraciones
- Ventilación
- Especificación de soluciones
- Declaración de Cumplimiento
¿Que evaluamos en tu proyecto?

Muros exteriores
Evaluación de transmitancia térmica y condensación superficial e intersticial

Techumbre & Cubiertas
Verificación de aislación térmica y riesgos de condensación.

Piso
Ventilado
Análisis de transmitancia térmica y condensación superficial e intersticial

Puertas exteriores
Verificación de transmitancia térmica de puertas exteriores.

Ventanas & Lucarnas
Análisis de transmitancia térmica de marcos y vidrios segun orientación.

Ventilaciones
controladas
Cálculo de ventilación y renovaciones de aire mínimos exigidos segun el PDA.

Hermeticidad e Infiltraciones
Verificación de soluciones a las infiltraciones y hermeticidad.
¿Que documentos debes enviarnos?
Ubicación del Proyecto
En caso que no aparezca claramente en los planos
Planos de Arquitectura
Plantas, Cortes y Elevaciones. Dependiendo de la complejidad del proyectoa veces solicitamos detalles de ventanas y escantillón.
Especificaciones Técnicas
Donde se indiquen los materiales y espesores que componen la envolvente del proyecto y especificación de puertas y ventanas.
Es recomendable que en la planta esten individualizadas las ventanas (v1, v2, v3 etc) para que haya concordancia con el informe.
Nuestro proceso de trabajo
1
Recepción Proyecto
Recibimos los planos y especificaciones y antecedentes necesarios.
2
Evaluación Técnica
Analizamos el proyecto según las exigencias del PDA de Concepción
3
Propuesta de mejoras
Entregamos observaciones y recomendaciones para cumplir la normativa.
4
Entrega del Informe
Entregamos el Informe favorable PDA listo para su ingreso a la DOM.
¿Quienes necesitan este informe?

Viviendas
proyectos con destino habitacional incluye casas y conjuntos habitacionales.

Edificios
Departamentos y edificaciones con destino habitacionales en altura

Hoteles
Locales destinados al hospedaje como Hoteles, Hostales, moteles y cabañas.

Educación
Jardines infantiles, Colegios, Escuelas, Institutos y Universidades

Salud
Hospitales, Postas, Clínicas, Centros Médicos y policlínicos.
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Experiencia
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Atendemos proyectos en todo Chile, de Arica a Punta Arenas. Atención 100% Online
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Asesorar a nuestros clientes a lograr proyectos más eficientes con una atención cercana y confiable.
PREGUNTAS FRECUENTES
Sí. Elaboramos Informes de acondicionamiento térmico Art 4.1.10 OGUC a todo Chile , atención 100% online. No importa en qué ciudad esté tu proyecto ni tú. el proceso es completamente online.
El Informe Térmico OGUC es el documento técnico que acredita el cumplimiento de las exigencias de acondicionamiento térmico establecidas en el Artículo 4.1.10 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. Debe ser elaborado por un profesional competente y presentarse ante la DOM junto con el expediente de permiso de edificación. A partir de noviembre de 2025 rige una nueva versión del artículo con zonificación ampliada a 9 zonas climáticas.
La nueva reglamentación térmica entró en vigencia el 28 de noviembre de 2025, por lo que todos los proyectos ingresados a partir de esa fecha —incluyendo los de 2026 en adelante— deben cumplir con los nuevos estándares. Los principales cambios son: la zonificación pasó de 7 a 9 zonas climáticas, se incorporaron por primera vez exigencias para establecimientos educacionales y de salud, y se ampliaron los elementos regulados de la envolvente (techumbre, muros, pisos, ventanas, puertas y control de infiltraciones). El Informe que acredita las exigencias de acondicionamiento térmico 2026 debe reflejar estos nuevos requisitos para ser válido ante la DOM.
Toda obra nueva, ampliación o reconstrucción de uso residencial en Chile debe presentar una acreditación de cumplimiento para normativa de acondicionamiento térmico ante la DOM. Esto incluye viviendas unifamiliares, multifamiliares y locales de hospedaje. Si el proyecto se ubica en una zona con Plan de Descontaminación Atmosférica (PDA) vigente, las exigencias del PDA reemplazan las del Art. 4.1.10 OGUC y también deben acreditarse mediante un informe técnico.
Ambos acreditan el cumplimiento de exigencias térmicas, pero aplican en contextos distintos. El Informe de acondicionamiento térmico para vivienda según el Art. 4.1.10 OGUC aplica en todo Chile donde no exista un PDA vigente. El Informe PDA aplica en comunas afectas a un Plan de Descontaminación Atmosférica, cuyas exigencias son generalmente más estrictas. En Efficy elaboramos ambos tipos de informe, y en la cotización te indicamos cuál corresponde según la ubicación de tu proyecto.
No. Cada zona establece sus propias exigencias según las condiciones climáticas y de calidad del aire de cada zona. Por eso es fundamental contar con asesoría técnica.
De acuerdo con el Art. 4.1.10 de la OGUC, las edificaciones de uso residencial, y de uso equipamiento de las clases educación y salud deberan presentar un Informe de acreditación del acondicionamiento térmico.
Tratándose de permisos de obra nueva, ampliación o reconstrucción de edificaciones destinadas a viviendas en áreas en que se esté aplicando un plan de prevención o descontaminación , deberá estarse, en materia de exigencias de acondicionamiento térmico, a lo dispuesto en dicho Plan.
Generalmente requerimos planos de arquitectura (plantas, cortes y elevaciones) además de las Especificaciones técnicas. En proyectos más complejos se pueden requerir algún detalle constructivo o ficha técnica de algún producto especificado.
Los plazos dependen de la complejidad y tamaño del proyecto. Una vez revisados los antecedentes, informamos plazo de entrega y presupuesto. (El plazo promedio es de 5 a 7 días)
Sí. También apoyamos en revisiones y ajustes derivados de observaciones.
También elaboramos Informes PDA para
Conoce todos los detalles técnicos en nuestra guía completa sobre la [nueva reglamentación térmica 4.1.10 de la OGUC]

